Micelio
Auto25 de octubre de 2002

A- de 2002

Ponente Manuel José Cepeda Espinosa

Demandante Suarez De Cuadros Elsa·Demandado Rafael Uscategui Duran Y Otro

Tema · dato duro
Nulidad Rechazo Recurso Extemporaneo Para Dar Tramite A Impugnacion
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Impugnación Fallo De Tutela
  • No se concedió la oportunidad procesal por error secretarial
2 temas · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se abstuvo de efectuar la revisión de fondo del fallo proferido por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Santander, dentro de la acción de tutela de la referencia, lo anterior, por no haberse concedido la oportunidad procesal de la impugnación, existiendo derecho a ello y habiéndose ejercido en tiempo.

En su lugar, la Sala anulará la decisión que rechazó el recurso por extemporáneo a fin de darle curso al trámite de impugnación en el presente proceso.

En consecuencia, se remite el expediente a la citada Sala para efectos de surtir la segunda instancia en el presente proceso.

Una vez surtida la segunda instancia, el expediente se remitirá a la Corte Constitucional para su eventual revisión.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. ABSTENERSE de efectuar la revisión de fondo del fallo proferido el cuatro (4) de abril de 2002, por la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Santander, dentro de la acción de tutela de la referencia.
  2. Segundo. DECLARAR la nulidad del auto del siete (7) de mayo de dos mil dos (2002) de la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura mediante el cual se rechazó por extemporánea la impugnación interpuesta por la actora contra el fallo de abril cuatro (4) de dos mil dos (2002) proferido por el Consejo Seccional de la Judicatura de Santander.
  3. Tercero. REMITIR a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura el expediente para efectos de surtir la segunda instancia en el presente proceso.
  4. Cuarto. Una vez surtida la segunda instancia, el expediente se remitirá a la Corte Constitucional para su eventual revisión.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.