Micelio
Auto22 de noviembre de 2011

A- de 2011

Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

Demandante Pedro Rafael Angarita Pino Vs Secretaria De Transito De Baranoa

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de Competencia.

El proceso le correspondió por reparto al Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Baranoa (Atlántico), despacho que se declaró sin competencia al considerar que la demanda debía remitirse a los jueces de Sabanagrande, porque la entidad accionada trasladó sus oficinas a dicho municipio y por tanto, allí era donde se producía la supuesta vulneración de derechos.

Efectuado nuevo reparto el Juzgado Promiscuo Municipal de Sabanagrande declaró también su falta de competencia, bajo el argumento de que Baranoa era la sede de la entidad demandada.

La Corte Constitucional luego de reiterar las normas que determinan la competencia en materia de tutela y de precisar el significado del concepto “competencia a prevención”, decide el conflicto ordenando enviar el expediente de tutela al Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Baranoa (Atlántico), para que sin más demoras tramite y profiera decisión de fondo respecto del amparo solicitado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (10 puntos)
  1. PRIMERO. DECIDIR el conflicto de competencia presentado entre el Juzgado
  2. Primero. Promiscuo Municipal de Baranoa y el Juzgado Promiscuo Municipal de Sabanagrande, ordenando la remisión del expediente al
  3. primero.
  4. SEGUNDO. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido por el Juzgado
  5. Primero. Promiscuo Municipal de Baranoa de fecha 19 de agosto de 2011.
  6. TERCERO. Como consecuencia de lo anterior, REMITIR el expediente al Juzgado
  7. Primero. Promiscuo Municipal de Baranoa para que sin más demoras, tramite y profiera decisión de fondo respecto del amparo solicitado.
  8. CUARTO. Por Secretaría General COMUNICAR al Juzgado
  9. Primero. Promiscuo Municipal de Sabanagrande, la decisión adoptada en esta providencia.
  10. Comuníquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.