Micelio
Auto2 de junio de 2016

A- de 2016

Ponente Jorge Iván Palacio Palacio

Demandante Presidente Subdirectiva Sintraelecol Y Otros

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Cumplimiento De Sentencia De Tutela E Incidente De Desacato
  • Competencia excepcional de la Corte Constitucional
Solicitud De Cumplimiento Sentencia De La Corte Constitucional
  • No asumir trámite por cuanto no se cumplen los presupuestos para que de manera excepcional la Corte asuma la competencia
Cumplimiento Fallo De Tutela E Incidente De Desacato
  • Competencia del juez de primera instancia
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

El apoderado de Sintraelecol presentó a la Corporación una solicitud de cumplimiento de la sentencia T-619/13.

Mediante auto 043/16 la Sala Sexta de Revisión estimó necesario recopilar información que le permitiera determinar si era pertinente o no asumir la competencia excepcional para verificar dicho cumplimiento.

Luego de recibir y analizar los diferentes informes, no encontró la Sala mérito alguno para hacerlo y, consecuentemente, decidió NO ACCEDER a la petición formulada.

Igualmente, decidió NO ACCEDER a las solicitudes presentadas por el grupo de trabajadores de Electricaribe afiliados a Sintraelecol, Subdirectiva Seccional Cartagena.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. No acceder a la peticion elevada por el apoderado de Sintraelecol, Subdirectiva Seccional Cartagena, el 5 de noviembre de 2015. Por tanto, abstenerse de asumir competencia para verificar el cumplimiento de la Sentencia T-619 de 2013.
  2. Segundo. No acceder a las solicitudes del ciudadano Alberto Cabarcas Escorcia y del grupo de 61 trabajadores de Electricaribe afiliados a Sintraelecol Subdirectiva Seccional Cartagena.
  3. Tercero. Advertir al Juzgado Quince Penal Municipal con Funcion de Conocimiento de Cartagena que, en caso de ser necesario y de presentarse alguna situacion factica que asi lo amerite: (i) debe adoptar las acciones necesarias para que la empresa obligada continue con el cumplimiento de lo decidido por este Tribunal en la sentencia T-619 de 2013, de conformidad con lo senalado en la parte considerativa de este proveido; y (ii) ejercer la labor probatoria pertinente y conducente que permita determinar si es procedente extender los efectos de la mencionada providencia, en los terminos de la solicitud presentada por la Subdirectiva Seccional Atlantico.
  4. Cuarto. Proceda la Secretaria General de esta Corporacion a librar las comunicaciones correspondientes acompanando copia integral de este proveido.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.