A- de 2008
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Jhon Jairo Marulanda Y Otros Vs. Director Y Subdirector De La Penitenciaria Nacional De Peñas Blancas De Calarcá –Quindío-
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia para exigir de las autoridades públicas condiciones de seguridad y salubridad acordes con la dignidad humana
- Deber del estado de garantizarlos
- Precedentes jurisprudenciales
- Notificación al demandado y partes interesadas de la iniciación de la acción
- Nulidad de todo lo actuado por falta de notificación a la totalidad de las partes
- Carácter preventivo
- Finalidad
- Protección en el derecho internacional
- Respeto
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Sin información
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- Primero. DECLARAR la nulidad del fallo de enero 29 de 2008, proferida por el Juzgado Unico Penal del Circuito de Calarca, que no admitio la accion de tutela interpuesta por JHON JAIRO MARULANDA y Otros, contra el Director y Subdirector del Establecimiento Penitenciario y Carcelario "Penas Blancas" de Calarca -Quindio-.
- Segundo. ORDENAR, en consecuencia, al Juzgado Unico Penal del Circuito de Calarca, que proceda de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa del presente auto a adelantar de nuevo el tramite constitucional de tutela, integrando debidamente el contradictorio y dicte luego el fallo de rigor, que si no es impugnado, debera ser remitido a esta Corte para su eventual revision en los terminos contemplados en el Decreto 2591 de 1991. Si el fallo es impugnado, debera procederse de la misma manera, una vez se surta la segunda instancia.
- Tercero. Por Secretaria, REMITIR el expediente de la referencia al Juzgado Unico Penal del Circuito de Calarca, a fin de que se surta el tramite indicado en el numeral anterior.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.