A- de 2013
Ponente Luis Ernesto Vargas Silva
✓Demandante Sin Información·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Informe resultados concretos alcanzados por control de calidad reportando problemas, correcciones y soluciones en operación de la entidad y decisiones administrativas
- Pruebas para aclaración y adición de informe periódico en seguimiento al auto A110/13
- Informe acontecimientos que afecten gravemente el cumplimiento de metas en proceso de traspaso o envío de documentos del ISS en liquidación a Colpensiones
- Informe plan de acción por atraso de solicitudes, infraestructura y personal para atender necesidades de represamiento de peticiones prestacionales, calificaciones de pérdida de capacidad labora
- Reportar cantidad de solicitudes resueltas en el mes y añadir cuadro autónomo que relacione histórico de solicitudes contestadas en cada periodo desde enero de 2013
- Revisión y rediseño del procedimiento de cumplimiento de sentencias judiciales y proyección de fecha en que se acatarían según prioridad
- Solicitar a Colpensiones informe en los términos del auto A182/13 según plazo dispuesto en auto A110/13
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente auto se hace una serie de solicitudes y precisiones a COLPENSIONES y a la Fiduciaria la Previsora S.A., en su condición de liquidadora del ISS, relacionadas con la aclaración y adición del tercer informe periódico presentado en el marco del seguimiento del auto A110/13, dictado dentro del asunto de la referencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (8 puntos)
- Primero. Solicitar a Mauricio Olivera González en su calidad de presidente de la Administradora Colombiana de Pensiones Colpensiones o quien haga sus veces, que rinda informe a esta Corporación en los términos dispuestos en el Auto 182 de 2013, en armonía con las precisiones realizadas en la parte motiva de esta providencia. El plazo dispuesto para el cumplimiento de lo ordenado es el señalado para presentar el
- cuarto. informe mensual de que trata el numeral
- cuarto. de la parte resolutiva del Auto 110 de 2013. En ese sentido, la respuesta se deberá incluir en el documento que la entidad presentará a la Corte Constitucional en los cinco primeros días del mes de noviembre de 2013.
- Segundo. Solicitar a la Fiduciaria La Previsora S.A. en su condición de entidad liquidadora del Instituto de Seguros Sociales en liquidación y a Mauricio Olivera González en su calidad de presidente de la Administradora Colombiana de Pensiones Colpensiones, que dentro de los 5 días siguientes a la comunicación de esta providencia rindan informe a esta Corte en relación con los aspectos referidos en los párrafos 19, 20 y 21 de la parte motiva de esta providencia.
- Tercero. Solicitar a la señora Procuradora Delegada para los Asuntos del Trabajo y la Seguridad Social que en el término que estime prudente, si lo encuentra pertinente se pronuncie en relación con los aspectos que considere han quedado sin responder por el presidente de Colpensiones (Supra 17 y 18).
- Cuarto. Remitir al presidente de la Administradora Colombiana de Pensiones Colpensiones y al representante del ISS en liquidación, copia del
- segundo. informe de seguimiento al Auto 110 de 2013 elaborado por la Procuraduría Delegada para los Asuntos del Trabajo y la Seguridad Social, radicado ante la Corte Constitucional el 03 de octubre de 2013.
- Quinto. Remitir copia de esta providencia al Defensor del Pueblo y a la Procuradora Delegada para los Asuntos del Trabajo y la Seguridad Social.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.