A- de 2019
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Ministerio De Ambiente Y Desarrollo Sostenible
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Improcedencia por falta de carga argumentativa
- Denegar por cuanto no existió vulneración del debido proceso
- Requisitos formales y materiales de procedencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de nulidad de la Sentencia T-011/19, formulada por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
Se pidió a la Corporación anular todo lo actuado en el proceso que dio origen al fallo de la referencia, a partir del auto admisorio, por cuanto el Ministerio no fue notificado del mismo, lo cual constituyó una vulneración del derecho al debido proceso al impidírsele ejercer su derecho de defensa y contradicción.
Se precisa que, si bien la Corte Constitucional o un juez de tutela no puede declarar a una autoridad pública como responsable de la violación de un derecho fundamental sin la garantía previa del derecho de defensa o contradicción dentro del proceso, esa limitación no es incompatible con la jurisprudencia que ha avalado lo posibilidad de impartir órdenes a dichas autoridades, orientadas a cumplir un deber emanado de la legislación y la reglamentación y no del conflicto resuelto en la sentencia.
La Sala decide RECHAZAR el incidente presentado, por no cumplir con la carga argumentativa que sustente de forma clara y expresa la causal de nulidad y su incidencia en la decisión proferida, ni tener las implicaciones de vulneración del derecho al debido proceso por parte de una Sala de Revisión.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. RECHAZAR la peticion de nulidad de la sentencia T-011 de 2019, proferida por la Sala Septima de Revision, formulada por Laura Angelica Rubio Moncada, apoderada judicial del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
- SEGUNDO. Contra este pronunciamiento no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.