Micelio
Auto2 de diciembre de 2003

A- de 2003

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Jose Olegario Nemeth Esquinas

Tema · dato duro
Correccion Error Parte Resolutiva Sentencia C-649/03
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se realizó la corrección del capítulo III de la Sentencia C-649/03 referente a la parte resolutiva, toda vez que al transcribir el texto definitivo del proyecto bajo revisión por error mecanográfico en el Art. 78 se incluyeron las expresiones “la Ley 211 de 1995”,“ y la Ley 435 de 1998 en cuanto al Consejo Profesional Nacional de Ingeniería se refiera”, las cuales no aparecen en el texto corregido del proyecto publicado en la Gaceta del Congreso No. 395 de 2003, razón por la cual resulta necesario corregir el anterior error.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. "
  2. Primero. DECLARAR CUMPLIDA la exigencia constitucional del artículo 167 de la Carta, en relación con la Sentencia C-078 de 2003, y por lo tanto EXEQUIBLE el Proyecto de Ley No. 44 de 2001 Senado de la República - 218 de 2002 Cámara de Representantes, tal y como quedó modificado por el Congreso, luego de rehacer e integrar las disposiciones afectadas en términos concordantes con la citada providencia cuyo texto definitivo es el siguiente:
  3. "(...)
  4. "Artículo 78.- VIGENCIA. La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Ley 20 de 1971, la Ley 14 de 1975, la Ley 64 de 1978, la Ley 28 de 1989, la Ley 33 de 1989, Ley 392 de 1997 y sus normas reglamentarias.
  5. Parágrafo: Las funciones asignadas por leyes anteriores a Consejos Profesionales de ingeniería y profesiones afines y auxiliares que a la fecha de la entrada en vigencia de la presente ley, no se hayan instalado o no estén funcionando, pasarán al Consejo Profesional de Ingeniería, Copnia".
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela