A- de 2024
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante Personeria Municipal De Chita Ao De Rosa Catalina Villareal Carvajal·Demandado Ministerio De Relaciones Exteriores Y Unidad Administrativa Especial De Migracion Colombia
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado 003 de Familia del Circuito de Tunja y el Juzgado 1 Promiscuo del Circuito de Socha (Boyacá).
La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en las diferentes interpretaciones del factor territorial.
Ambas autoridades presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se presentó y tuvo sus efectos la vulneración de derechos alegada por la parte demandante.
Se dirimió el conflicto con la remisión del expediente al Juzgado 1 Promiscuo del Circuito de Socha para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Se le advirtió al precitado operador jurídico que, siempre que considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550/18.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido por el Juzgado 001 Promiscuo del Circuito de Socha, Boyacá, del 7 de noviembre de 2024, dentro de la acción de tutela presentada por la personera municipal del municipio de Chita, Boyacá, en representación de la señora Rosa Carolina Villarreal Carvajal.
- SEGUNDO. REMITIR al Juzgado 001 Promiscuo del Circuito de Socha, Boyacá, el expediente ICC-4858 para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar en relación con la acción de tutela interpuesta por la personera municipal del municipio de Chita, Boyacá, en representación de la señora Rosa Carolina Villarreal Carvajal en contra del Ministerio de Relaciones Exteriores y la Unidad Administrativa Especial de Migración Colombia.
- TERCERO. ADVERTIR al Juzgado 001 Promiscuo del Circuito de Socha, Boyacá, que siempre que considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, por lo cual debe observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018 de esta Corporación.
- CUARTO. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante y al Juzgado 001 Promiscuo del Circuito de Socha, Boyacá.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.