A- de 2024
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante Oficio·Demandado Quevedo Ladino William Alexander
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento del presupuesto subjetivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Aparente conflicto entre el Juzgado 028 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá, por una investigación penal adelantada en contra de un ciudadano, por la presunta comisión del delito de acceso abusivo agravado a un sistema informático, en concurso con el de daño informático agravado, a quien, en su calidad de jefe del área de sistemas del Grupo de Atención Humanitaria al Desmovilizado del Ministerio de Defensa Nacional, se le imputa el haber eliminado de la base de datos institucional el registro correspondiente a un exintegrante desmovilizado del frente 51 de las FARC-EP.
Al verificar el cumplimiento de los requisitos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena advierte que en este caso, no se ha acreditado el elemento subjetivo necesario para considerar la existencia del conflicto.
Ello, por cuanto se tiene que el Juez 028 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá reafirmó su competencia para conocer del presente asunto, pero no existe ninguna manifestación por parte de alguna autoridad jurisdiccional de la Justicia Penal Militar en la que se atribuya o rechace la competencia para conocer de las diligencias.
En consecuencia, la Corte decide inhibirse de fallar de fondo el asunto y ordena la remisión del expediente al Juzgado 028 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá para lo de su competencia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el aparente conflicto entre jurisdicciones promovido por el Juzgado 028 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá.
- SEGUNDO. A través de la Secretaría General de esta Corporación, REMITIR el expediente CJU-6002 al Juzgado 028 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá, para que ejerza las funciones de su competencia. Igualmente, para que comunique esta decisión a las partes e intervinientes en el presente trámite judicial.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.