Micelio
Auto19 de noviembre de 2024

A- de 2024

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Cesar Augusto Pinzon Correa·Demandado --

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Correccion Sentencia De La Corte Constitucional
  • Rechazar por improcedente y falta de legitimación del solicitante
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de corrección de la Sentencia T-061/2002.

El memorialista pretende que la Corte corrija la providencia de la referencia en relación con el proceso contravencional de tránsito, de acuerdo con lo cual este se compone de cuatro etapas: la orden de comparendo, la presentación del inculpado en los términos dispuestos por la ley, la audiencia pública y la adopción de la decisión.

Concluyó la Corte que la petición formulada en esta oportunidad es improcedente, puesto que no se acreditó ninguno de los dos requisitos establecidos por la jurisprudencia constitucional.

Uno, por cuanto el solicitante no fue ni parte ni vinculado en el proceso que dio como resultado el fallo cuya corrección pide y, dos, porque lo pretendido excede el alcance propio de la corrección, en tanto cuestiona la interpretación de la Sala de Revisión en relación con el trámite contravencional por infracciones de tránsito.

Con base en lo anterior, se RECHAZA la corrección rogada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. RECHAZAR la solicitud de corrección de la Sentencia T-061 de 2002, presentada por el señor Cesar Augusto Pinzón Correa.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, NOTIFICAR la presente providencia al señor Cesar Augusto Pinzón Correa, con la advertencia de que contra esta decisión no procede ningún recurso.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.