Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Seguimiento a las órdenes impartidas en la sentencia T-012/19
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Supervisión al cumplimiento de la Sentencia T-012/19.
Dentro del precitado trámite la Corte observó que hay varias entidades que tienen a su cargo trámites pendientes que son necesarios para asegurar que la Alcaldía de Cartagena obtenga el apoyo financiero de la Nación en la construcción del acueducto en la isla de Tierra Bomba.
Por lo anterior y, entre otras disposiciones, vinculó a varias entidades para que se pronuncien, desde el ámbito de sus competencias, sobre los trámites que tienen a su cargo, mientras que a otras les ordenó informar sobre los avances en los trámites previamente asignados, advirtiéndoles que deben precisar las razones por las cuales aún no los han realizado y presentar un cronograma detallado de las acciones pendientes para cumplir con los mismos.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- PRIMERO. VINCULAR a la Dirección General Marítima (DIMAR), al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, al Ministerio de Transporte, al Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH) y a la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital (GO Catastro - Seccional Cartagena) al trámite de cumplimiento de la Sentencia T-012 de 2019. Para lo anterior, la Secretaría General les enviará a estas entidades copia de la Sentencia T-012 de 2019 y del Auto 548 de 2024, así como el enlace de la grabación de la audiencia pública celebrada el 19 de abril del presente año.
- SEGUNDO. ORDENAR a la Dirección General Marítima (DIMAR), a la Corporación Autónoma Regional del Canal del Dique (CARDIQUE), al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, al Ministerio de Transporte, al Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH) y la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital (GO Catastro - Seccional Cartagena) que, en el término de ocho (8) días contados a partir de la notificación de esta providencia, informen a la Corte Constitucional sobre los avances en los trámites señalados en el fundamento jurídico
- sexto. de este auto, los cuales son necesarios para que la Alcaldía de Cartagena obtenga el apoyo financiero de la Nación en la construcción del acueducto de Tierra Bomba. En específico, deberán precisar las razones por las cuales aún no han realizado dichos trámites y un cronograma detallado de las acciones pendientes para cumplir con estos.
- TERCERO. ORDENAR a la Dirección General Marítima (DIMAR), a la Corporación Autónoma Regional del Canal del Dique (CARDIQUE), al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, al Ministerio de Transporte, al Instituto Colombiano de Antropología e Historia (ICANH) y la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital (GO Catastro - Seccional Cartagena) a que, en el marco de sus respectivas competencias, presten su cooperación para que la Alcaldía de Cartagena pueda dar cumplimiento, en el menor tiempo posible, a los requisitos establecidos en la Resolución 661 de 2019, y de esta manera, asegurar la obtención del financiamiento necesario para la construcción del acueducto en la isla de Tierra Bomba.
- CUARTO. COMUNICAR este auto a la Procuraduría Delegada ante la Corte Constitucional para que, en desarrollo de sus funciones, preste su colaboración en el logro del cumplimiento de la Sentencia T-012 de 2019.
- QUINTO. Una vez se hayan recolectado las pruebas ordenadas en el presente auto, se solicita a la Secretaría General de esta Corporación PONERLAS A DISPOSICIÓN de las partes y de los terceros con interés, por medios virtuales, a fin de que se pronuncien en relación con estas.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.