Micelio
Auto15 de octubre de 2003

A- de 2003

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Jose Vicente Cañas Cardona

Tema · dato duro
Conflicto De Competencia. Consejo De Estado
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Consejo De Estado
  • Competencia para conocer de la impugnación contra una sentencia de tutela
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se decidió estarse a lo resuelto en el A. 134A/02 en relación al conflicto de competencia entre la Sección Segunda Subsección D del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura en lo referente a la tutela promovida por el ciudadano de la referencia.

En consecuencia, el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, deberá ajustarse a lo previsto en el citada Auto, para tal fin, se remitió el expediente.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. ESTARSE A LO RESUELTO en el Auto de 134A de 20 de agosto de 2002 en relacion al conflicto de competencia entre la Seccion Segunda Subseccion D del Tribunal Administrativo de Cundinamarca y la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura en lo referente a la accion de tutela promovida por el ciudadano JOSE VICENTE CANAS CARDONA, conforme a lo expuesto en la parte motiva.
  2. SEGUNDO. En consecuencia, el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, debera ajustarse a lo previsto en el Auto 134A de 20 de agosto de 2002, de acuerdo a lo expuesto en esta providencia. Para tal fin, remitase el expediente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJaime Araujo Rentería
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.