A- de 2023
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Zuluaga Gutiérrez Felipe Y Otros·Demandado --
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inexistencia de argumentación, razonamiento o motivación
- Improcedencia por cuanto el recurso de súplica no presenta argumentos que desvirtúen las razones constitutivas del rechazo de la demanda
- Requisitos de procedencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de súplica.
En este caso se rechazaron los dos primeros cargos que fueron inicialmente inadmitidos, porque no fueron subsanadas las deficiencias advertidas en el auto de inadmisión.
Revisados los argumentos de la súplica encontró la Sala Plena de la Corporación que los actores reiteraron los planteamientos que expusieron en la demanda de inconstitucionalidad y en su escrito de subsanación, sin que los orientaran a evidenciar el yerro, el olvido o la actuación arbitraria que endilgaron a la providencia cuestionada.
Ante la insuficiencia argumentativa se RECHAZÓ el recurso impetrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. RECHAZAR el recurso de súplica formulado contra el Auto del 26 de mayo de 2023, mediante el cual la magistrada Cristina Pardo Schlesinger rechazó la demanda de constitucionalidad formulada por los ciudadanos Felipe Zuluaga Gutiérrez, Paola Rodríguez Ramírez y Bernardo Henao Jaramillo contra el parágrafo 6 del artículo 10 de la Ley 2277 de 2022.
- Segundo. Proceda la Secretaría General de la Corte Constitucional a comunicarle el contenido de esta decisión a los recurrentes.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.