A- de 2017
Ponente Aquiles Arrieta Gómez
✓Demandante Angy Camila Pismag Arteaga·Demandado Ministerio De Educacion
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia Tribunal Superior de Distrito Judicial
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Tribunal Superior de Pasto, Sala Penal y el Juzgado Primero Laboral del Circuito de la misma ciudad.
Considera la Corte que en el presente caso no se presentó un conflicto negativo de competencias en tanto el precitado Tribunal tomó las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1382 de 2000 para declararse incompetente y no realizar un pronunciamiento de fondo, haciendo un juicio a priori de que la vinculación de la autoridad demandada era aparente, porque la que presuntamente vulneró derechos fundamentales en realidad era otra.
Con dicha actuación, aplicó una regla de reparto que no desplazaba su competencia y con ello afectó los derechos constitucionales de la peticionaria.
Se reitera que la jurisdicción constitucional está conformada por todos los jueces de tutela y que salvo una distribución caprichosa del expediente o una aplicación grosera o arbitraria de las reglas establecidas, la acción de tutela debe ser conocida por el juez a prevención, es decir, aquel al que se le repartió en primer lugar.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente al Tribunal Superior de Pasto, Sala Penal, para que de manera inmediata y sin dilaciones profiera la decisión de fondo a que haya lugar.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto del veinticinco (25) de noviembre de dos mil dieciséis (2016) proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de San Juan de Pasto, Sala Penal, mediante el cual resolvió que no era competente para conocer de la acción de tutela presentada por Angy Camila Pismag Arteaga contra el Ministerio de Educación Nacional.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-2825 al Tribunal Superior del Distrito Judicial de San Juan de Pasto, Sala Penal, para que de manera inmediata y sin dilaciones profiera la decisión de fondo a que haya lugar.
- Tercero. ORDENAR que, por Secretaría General, se comunique la decisión adoptada en esta providencia a las partes y al Juzgado
- Primero. Laboral de Pasto.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.