Micelio
Auto12 de diciembre de 2000

A- de 2000

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Maria Esperanza Leovel

Tema · dato duro
Conflicto De Competencia
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Presidente De La Republica
  • Exceso en la potestad reglamentaria
  • Incompetencia para introducir modificaciones al decreto de tutela en materia de competencias
4 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se ordenó inaplicar el Art. 1º del Decreto 1382 de 12 de julio de 2000 por ser contrario a la Constitución Política.

Se dejó sin efecto legal alguno la actuación surtida por el Consejo Superior de la Judicatura de Nariño Sala Jurisdiccional Disciplinaria y el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Sub-Sección B en la acción de tutela promovida por la ciudadana de la referencia por cuanto dicha acción fue interpuesta ante el Tribunal Administrativo de Nariño.

En consecuencia, se ordenó remitir el expediente al Tribunal de Nariño para que realizara el trámite pertinente.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. Inaplicar, en relacion con la accion de tutela a que se refiere esta providencia el articulo 1o del Decreto 1382 de 12 de julio de 2000, por ser contrario a la Constitucion Politica conforme a lo expuesto en la parte motiva de este auto.
  2. Segundo. Dejar sin efecto legal alguno la actuacion surtida por el Consejo Superior de la Judicatura de Narino Sala Jurisdiccional Disciplinaria y el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Seccion Segunda, Sub-Seccion B en la accion de tutela promovida por Maria Esperanza Loevel contra el Ministerio de Hacienda, el Ministerio de Desarrollo Economico, el IFI y la Empresa Alcalis de Colombia Ltda., (en liquidacion), por cuanto dicha accion fue interpuesta ante el Tribunal Administrativo de Narino.
  3. Tercero. Remitir el expediente a que se refiere esta providencia al Tribunal Administrativo de Narino para, que le imprima el tramite pertinente a la accion de tutela promovida por la ciudadana Maria Esperanza Loevel, a que ya se hizo mencion.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.