A- de 2004
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Sabas Pretelt De La Vega Y Domingo De Jesús Banda Torregroza·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Consagración de un procedimiento agravado
- Mantenimiento del efecto cohesionador de la democracia pluralista
- Vicio de procedimiento por supresión de los efectos jurídicos y prácticos de la votación del informe de ponencia en el sexto debate
- Vicio inconvalidable
- Determinación de la mayoría absoluta
- No violación del debido proceso o emisión de una decisión manifiestamente irregular o existencia de un evidente error sustantivo
- Oportunidad para solicitarla
- Solo es posible por violación al debido proceso
- Improcedencia de aclaración, por explicación en providencia de motivos por los cuales no se consideró el vicio relacionado de competencia del órgano de reforma
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
No se declaró la nulidad de la Sentencia C-816/04 proferida por la Sala Plena de esta Corporación, toda vez que es evidente que no se está ante un concepto o frase que ofrezca motivo de duda y que esté contenida en la parte resolutiva de la sentencia o que influya en ella y que torne necesaria una aclaración.
Por el contrario, se está ante el planteamiento de una omisión argumentativa que se le imputa a la Sentencia, omisión que en realidad no existe, pues en ella se explicaron los motivos por los cuales la Corte no consideró el vicio relacionado con la competencia del órgano de reforma, sino, en su lugar, el más relevante de los vicios de procedimiento planteados en las demandas.
Se rechazó la solicitud de aclaración de la citada sentencia.
Contra este pronunciamiento no procede recurso alguno.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. No declarar la nulidad de la Sentencia C-816 del 30 de agosto de 2004, proferida por la Sala Plena de esta Corporación.
- Segundo. Rechazar la solicitud de aclaración de la Sentencia C-816 del 30 de agosto de 2004.
- Contra este pronunciamiento no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.