Micelio
Auto29 de abril de 2009

A- de 2009

Ponente Humberto Antonio Sierra Porto

Demandante Jaime Ordoñez Velasquez Vs. Ministerio Del Medio Ambiente, Vivienda Y Desarrollo Territorial Y El Fondo Nacional De Vivienda

Tema · dato duro
Conflicto De Competencia Suscitado Entre El Juzgado Tercero Administrativo De Bucaramanga Y El Tribunal Superior, Sala Civil-Familia De Bucaramanga. Se Decidio Remitir El Expediente Contentivo De La Accion De Tutela De La Referencia Al Tribunal Superior De Bucaramanga, Sala Civil-Familia, Para Que Continue El Tramite Y La Decida En Forma Inmediata.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto de 16 de febrero de dos mil nueve (2009) proferido por el Tribunal Superior de Bucaramanga -Sala Civil y de Familia- en el cual se declara la nulidad de todo lo actuado en el proceso de tutela iniciado por Jaime Ordóñez Velásquez contra el Ministerio del Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y el Fondo Nacional de Vivienda -FONVIVIENDA.
  2. Segundo. REMÍTASE el expediente contentivo de la acción de tutela instaurada por Jaime Ordóñez Velásquez contra el Ministerio del Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y el Fondo Nacional de Vivienda - FONVIVIENDA al Tribunal Superior de Bucaramanga, Sala Civil - Familia, para que continúe con el trámite y decida de forma inmediata.
  3. Tercero. Por Secretaría General, COMUNÍQUESE al Juzgado
  4. Tercero. Administrativo de Bucaramanga, la decisión adoptada en esta providencia, con el fin de que tenga conocimiento sobre lo aquí resuelto por la Corte Constitucional en relación con el conflicto de competencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.