Micelio
Auto3 de abril de 2019

A- de 2019

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Fernando Loaiza Vargas·Demandado Secretaria De Movilidad De Medellin

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
Factor Territorial
  • Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia entre los Juzgados Primero Promiscuo Municipal de Sonsón (Antioquia) y Veintisiete Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Medellín.

La controversia se generó porque los despachos involucrados alegaron su falta de competencia para tramitar el asunto, en razón del factor territorial.

Adicionalmente, la primera autoridad se declaró también sin competencia, con sustento en reglas administrativas de reparto.

Teniendo en cuenta que ambos juzgados tienen competencia para resolver la acción de tutela, la Corte dispone que sea la del municipio de Sonsón quien lo haga, toda vez que fue a quien se repartió en primer término la solicitud y es el lugar donde se producen los efectos de la vulneración alegada.

Se ordena remitir el expediente al precitado despacho, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.

Al juzgado de Medellín se le advierte que, en caso de considerar la existencia de un conflicto de competencia en materia de tutela, deberá remitir el plenario del mismo a la autoridad judicial establecida para el efecto en la Ley 270 de 1996, de conformidad con el precedente fijado por esta Sala en el Auto 550/18.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 29 de octubre de 2018, proferido por el Juzgado
  2. Primero. Promiscuo Municipal de Sonson, dentro de la accion de tutela formulada por Fernando Loaiza Vargas en contra de la Secretaria de Movilidad de Medellin.
  3. SEGUNDO. REMITIR el expediente ICC-3592, que contiene la accion de tutela presentada por Fernando Loaiza Vargas en contra de la Secretaria de Movilidad de Medellin, al Juzgado
  4. Primero. Promiscuo Municipal de Sonson, para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
  5. TERCERO. ADVERTIR al Juzgado Veintisiete Penal Municipal con Funcion de Control de Garantias de Medellin (autoridad que remitio el expediente de la referencia a esta Corporacion) que, en caso de considerar la existencia de un conflicto de competencia en materia de tutela, debera remitir el plenario del mismo a la autoridad judicial establecida para el efecto en la Ley 270 de 1996, de conformidad con el precedente fijado por esta Sala en el Auto 550 de 2018.
  6. CUARTO. Por la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR al Juzgado Veintisiete Penal Municipal con Funcion de Control de Garantias de Medellin y al accionante, la decision adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.