A- de 2024
Ponente Vladimir Fernández Andrade
✓Demandante Ese Clinica Guane Y Su Ris De Floridablanca·Demandado Borge Sarmiento Sandra
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Solicitudes de ejecución de obligaciones contenidas en sentencias judiciales proferidas por la Jurisdicción Contencioso Administrativa
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 5º Administrativo Oral del Circuito de Bucaramanga y el Juzgado 6º de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Floridablanca (Santander), ocasionado por una solicitud de ejecución de sentencia presentada por la E.S.E Clínica Guane y su RIS de Floridablanca, dirigida en contra de una ciudadana, para el cobro de las costas judiciales a las cuales fue condenada esta última en un proceso anterior, por el mismo juzgado.
Cumplidos los presupuestos: subjetivo, objetivo y normativo que configuran un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena considera que el caso se ajusta a la regla establecida en el Auto 008 de 2022, según la cual, el conocimiento de las solicitudes de ejecución de condenas impuestas en sentencias judiciales proferidas por jueces de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, formuladas a continuación del proceso en el que se emitieron las condenas cuya ejecución se reclama, corresponde a esa misma jurisdicción de acuerdo con los artículos 298 y 306 del CPACA y el artículo 306 del CGP.
La Corte asigna la competencia a dicha jurisdicción y en consecuencia, dispone el envío del expediente al Juzgado 5º Administrativo Oral del Circuito de Bucaramanga para que continúe con el trámite del proceso y para que comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al Juzgado 6º de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Floridablanca (Santander).
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 5º Administrativo Oral del Circuito de Bucaramanga y el Juzgado 6º de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Floridablanca (Santander), en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 5º Administrativo Oral de Bucaramanga es la autoridad competente para conocer de la demanda instaurada por la E.S.E Clínica Guane y su RIS de Floridablanca.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-5686 al Juzgado 5º Administrativo Oral del Circuito de Bucaramanga para que continúe con el trámite del proceso y para que comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al Juzgado 6º de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Floridablanca (Santander).
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.