Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente proveído la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia SU.020/22 realiza un seguimiento al cumplimiento de las órdenes segunda, tercera, cuarta y quinta del Auto 826/24.
Para el efecto, requiere a varias entidades para que presenten los informes ordenados en la precitada providencia.
Así mismo, se invitó a las delegaciones de los firmantes del Acuerdo de Paz ante diversas instancias a presentar un informe en el que expongan sus consideraciones al frente al referido auto.
De otro lado, se reiteró la invitación dirigida a la sociedad civil para participar activamente en el seguimiento especial de esta Sala al cumplimiento de la Sentencia de Unificación de la referencia y a la superación del estado de cosas inconstitucional del componente de garantías de seguridad para la población firmante del Acuerdo Final de Paz.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (241 puntos)
- PRIMERO. REQUERIR a las siguientes entidades para que PRESENTEN a la Sala, en el término máximo de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del auto, un informe en el que expongan un cronograma claro, detallado y exigible que establezca plazos y responsables de las decisiones y acciones concretas relacionadas con las garantías de seguridad para la población firmante del Acuerdo Final de Paz. Lo anterior según las consideraciones 15, 16, 17, 18, 19 y 20 del presente Auto y del contenido integral del Auto 826 de 2024.
- * Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
- * Ministerio del Trabajo
- * Ministerio de las Culturas
- * Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural
- * Ministerio de Educación Nacional
- * Unidad de Planificación Rural Agropecuaria
- * Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
- SEGUNDO. REQUERIR a las siguientes entidades para que COMPLETEN, en el término máximo de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del auto, el informe de cumplimiento según las consideraciones 15, 21, 22 y 23 del presente Auto y el contenido integral del Auto 826 de 2024.
- * Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
- * Agencia Nacional de Tierras
- TERCERO. REQUERIR a las siguientes instancias nacionales para que PRESENTEN a la Sala, en el término máximo de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del auto, un informe en el que: (i) expongan un cronograma claro, detallado y exigible que establezca plazos y responsables de las decisiones y acciones concretas relacionadas con las garantías de seguridad para la población firmante del Acuerdo Final de Paz. Lo anterior, según las consideraciones 24 y 25 del presente Auto y del contenido integral del Auto 826 de 2024.
- * Secretaría Técnica de la Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo de Paz o al ministro del interior, a la directora de la Unidad de Implementación del Acuerdo Final de Paz o a la directora del Departamento Administrativo de la Presidencia.
- CUARTO. REQUERIR al Ministerio de Igualdad para que COMPLETE, en el término máximo de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del auto, el informe de cumplimiento según las consideraciones 24 y 26 del presente Auto y el contenido integral del Auto 826 de 2024.
- QUINTO. INVITAR a las delegaciones de los firmantes del Acuerdo de paz de las instancias mencionadas en este numeral, para que PRESENTEN a la Sala, en el término máximo de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del auto, un informe en el que expongan sus consideraciones frente al Auto 826 de 2024 según las consideraciones 27 del presente Auto.
- * Comisión de Seguimiento, Impulso y Verificación a la Implementación del Acuerdo de Paz.
- * Comisión Nacional de Garantías de Seguridad.
- * Consejo Nacional de Reincorporación.
- * Instancia de Alto Nivel.
- * Instancia Especial de Seguimiento para el Enfoque de Género del Acuerdo Final de Paz.
- * Instancia de Alto Nivel para Pueblos Étnicos del Acuerdo Final de Paz, bien sea en cabeza de la Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC) o su Secretaría Técnica propia.
- * Consejo Nacional de Paz, Reconciliación y Convivencia.
- SEXTO. REQUERIR a las siguientes alcaldías de los municipios y distritos para que PRESENTEN a la Sala, en el término máximo de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del auto, un informe en el que expongan un cronograma claro, detallado y exigible que establezca plazos y responsables de las decisiones y acciones concretas relacionadas con las garantías de seguridad para la población firmante del Acuerdo Final de Paz. Lo anterior, según las consideraciones 29, 31 y 35 del presente Auto y el contenido integral del Auto 826 de 2024.
- Departamento
- Municipio
- Antioquia
- Medellín
- Dabeiba
- Apartadó
- Anorí
- Urrao
- Ituango
- Remedios
- Frontino
- Vigía del Fuerte
- Yondó
- Arauca
- Tame
- Fortul
- Saravena
- Bolívar
- El Carmen de Bolívar
- Cartagena
- Santa Rosa del Sur
- Caldas
- Riosucio
- Caquetá
- La Montañita
- San Vicente del Caguán
- El Doncello
- Cartagena del Chairá
- Puerto Rico
- El Paujil
- Cauca
- Caldono
- Toribio
- Patía
- Caloto
- Buenos Aires
- Jambaló
- Corinto
- Guapi
- Argelia
- Suarez
- El Tambo
- Timbiquí
- Cajibío
- Chocó
- Carmen del Darién
- Quibdó
- Medio Atrato
- Riosucio
- Córdoba
- Tierralta
- Cundinamarca
- Soacha
- Fusagasugá
- Viotá
- Venecia
- Cabrera
- Pasca
- Guaviare
- Calamar
- Huila
- La Plata
- Meta
- Uribe
- Mesetas
- La Macarena
- Puerto Rico
- Mapiripán
- Puerto Concordia
- Nariño
- San Andrés de Tumaco
- Cumbal
- Ipiales
- Norte de Santander
- Tibú
- El Tarra
- Cúcuta
- Teorama
- Hacarí
- Sardinata
- El Carmen
- Putumayo
- Puerto Asís
- Puerto Guzmán
- Orito
- Villagarzón
- Puerto Leguízamo
- Valle del Guamuez
- San Miguel
- Santander
- Bucaramanga
- Sucre
- Ovejas
- Tolima
- Icononzo
- Planadas
- Chaparral
- Rioblanco
- Ataco
- Valle del Cauca
- Tuluá
- Palmira
- Vichada
- Puerto Carreño
- SÉPTIMO. REQUERIR a las siguientes alcaldías distritales y municipales para que COMPLETEN, en el término máximo de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del auto, el informe de cumplimiento según las consideraciones 29, 32 y 35 del presente Auto y el contenido integral del Auto 826 de 2024:
- 1) Bello, 2) Solita, 3) Santander de Quilichao, 4) Neiva, 5) Villa Hermosa, 6) Girón, 7) Piedecuesta.
- OCTAVO. REQUERIR a las siguientes personerías municipales y distritales para que PRESENTEN a la Sala, en el término máximo de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del auto, un informe en el que expongan un cronograma claro, detallado y exigible que establezca plazos y responsables de las decisiones y acciones concretas relacionadas con las garantías de seguridad para la población firmante del Acuerdo Final de Paz. Lo anterior, según las consideraciones 29, 33 y 35 del presente Auto y el contenido integral del Auto 826 de 2024:
- Departamento
- Municipio
- Antioquia
- Dabeiba
- Apartadó
- Anorí
- Urrao
- Ituango
- Remedios
- Bello
- Frontino
- Vigía del Fuerte
- Yondó
- Arauca
- Arauquita
- Tame
- Fortul
- Saravena
- Bolívar
- El Carmen de Bolívar
- Cartagena
- San Jacinto
- Santa Rosa del Sur
- Caldas
- Riosucio
- Caquetá
- La Montañita
- San Vicente del Caguán
- El Doncello
- Cartagena del Chairá
- Puerto Rico
- El Paujil
- Solano
- Cauca
- Santander de Quilichao
- Toribio
- Patía
- Caloto
- Buenos Aires
- Jambaló
- Miranda
- Guapi
- Argelia
- Suarez
- Timbiquí
- Cajibío
- Chocó
- Carmen del Darién
- Quibdó
- Riosucio
- Córdoba
- Tierralta
- Cundinamarca
- Fusagasugá
- Viotá
- Guaviare
- San José del Guaviare
- Calamar
- Huila
- La Plata
- Baraya
- Meta
- Uribe
- Mesetas
- La Macarena
- Vista Hermosa
- Puerto Rico
- Mapiripán
- Nariño
- San Andrés de Tumaco
- Cumbal
- Ipiales
- Norte de Santander
- Tibú
- El Tarra
- Teorama
- Convención
- San Calixto
- Hacarí
- Sardinata
- El Carmen
- Putumayo
- Puerto Asís
- Puerto Guzmán
- Orito
- Villagarzón
- Puerto Leguízamo
- Valle del Guamuez
- San Miguel
- Santander
- Bucaramanga
- Girón
- Piedecuesta
- Sucre
- Ovejas
- Tolima
- Icononzo
- Planadas
- Chaparral
- Rioblanco
- Ataco
- Vichada
- Puerto Carreño
- NOVENO. REQUERIR a las siguientes personerías municipales y distritales para que COMPLETEN, en el término máximo de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del auto, el informe de cumplimiento según las consideraciones 29, 34 y 35 del presente Auto y el contenido integral del Auto 826 de 2024:
- 1) Medellín, 2) Solita, 3) Corinto, 4) El Tambo, 5) Cabrera, 6) Soacha, 7) Algecieras, 8) Medio Atrato, 9) Puerto 10) Concordia, 11) Palmira, 12) Tuluá.
- DÉCIMO. REQUERIR a las siguientes gobernaciones para que PRESENTEN a la Sala, en el término máximo de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del auto, un informe en el que expongan un cronograma claro, detallado y exigible que establezca plazos y responsables de las decisiones y acciones concretas relacionadas con las garantías de seguridad para la población firmante del Acuerdo Final de Paz. Lo anterior, según las consideraciones 29, 30 y 35 del presente Auto y el contenido integral del Auto 826 de 2024:
- 1) Antioquia, 2) Arauca, 3) Bolívar, 4) Caldas, 5) Caquetá, 6) Chocó, 7) Córdoba, 8) Cundinamarca, 9) Meta, 10) Nariño, 11) Norte de Santander, 12) Putumayo, 13) Santander, 14) Sucre, 16) Valle del Cauca, 17) Vaupés, 18) Vichada.
- DECIMOPRIMERO. REITERAR LA INVITACIÓN dirigida a la sociedad civil para participar activamente en el seguimiento especial de esta Sala al cumplimiento de la Sentencia SU-020 de 2022 y a la superación del estado de cosas inconstitucional del componente de garantías de seguridad para la población firmante del Acuerdo Final de Paz.
- DECIMOSEGUNDO. NOTIFICAR esta decisión a las entidades del orden nacional y territorial, a las autoridades e instancias, a las delegaciones de firmantes del Acuerdo de Paz y a las organizaciones de la sociedad civil, enunciadas en los numerales primero, segundo, tercero, cuarto, quinto, sexto, séptimo, octavo, noveno,
- décimo. y decimoprimero de la parte resolutiva de esta providencia.
- DECIMOTERCERO. COMUNICAR esta decisión a la Unidad de Implementación del Acuerdo de Paz; la Agencia Nacional para la Reincorporación y Normalización; la Procuraduría Delegada para el Seguimiento al Acuerdo Final de Paz; la?Defensoría Delegada para la Prevención de Riesgos de Violaciones de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario; la Sección de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y de Responsabilidad de los Hechos y Conductas de la Jurisdicción Especial para la Paz; la Misión de Verificación de las Naciones Unidas en Colombia; la Misión de Apoyo al Proceso de Paz de la Organización de los Estados Americanos (MAPP/OEA); al Instituto Kroc; al Centro de Investigación y Educación Popular (CINEP); y al Centro de Recursos para el Análisis de Conflictos (CERAC).
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.