Micelio
Auto26 de julio de 2013

A- de 2013

Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla

Demandante Rafael Quintero Arrubla·Demandado Sin Información

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Corte Constitucional
  • Competencia excepcional para asegurar el cumplimiento del fallo en asuntos de gran trascendencia social
Juez
  • Competente hasta que esté completamente restablecido el derecho o eliminadas las causas de la amenaza
Cumplimiento Fallo De Tutela
  • Competencia del juez de primera instancia
Accion De Tutela En Materia De Asociacion Sindical Y Permiso Sindical
  • Competencia de juez de primera instancia para abrir incidente de desacato en sentencia T-322/98
  • No asumir solicitud de iniciar incidente de desacato de sentencia T-322/98
4 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Incidente de Desacato: El memorialista presentó incidente de desacato de la sentencia T-322/98y la Sala precisó que no existe la necesidad de que la Corte directamente lo tramite.

Se decide NO ASUMIR el incidente impetrado y remitir al despacho de primera instancia, esto es, el Juzgado Sexto Laboral del Circuito de Medellín, la petición para que determine lo que estime pertinente.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. NO ASUMIR la petición de iniciar incidente de desacato, presentada por el señor Juan Rafael Quintero Arrubla.
  2. Segundo. REMITIR al Juzgado
  3. Sexto. Laboral del Circuito de Medellín la solicitud de abrir el incidente de desacato frente a la sentencia T-322 de 1998, para que determine lo que estime pertinente.
  4. Tercero. INFORMAR al solicitante esta decisión, por intermedio de la Secretaría General de esta corporación.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.