A- de 2004
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Jorge Alonso Charry Delgadillo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia y oportunidad de acumulación
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se negó la solicitud formulada por el ciudadano de la referencia la solicitud de acumulación de los procesos D-5418, D-5374 y D-5383 habida cuenta que en todos se demanda la misma norma con argumentos similares.
La Corte explicó que de acuerdo con lo establecido en el Art. 5 del Decreto 2067 de 1991, la Corte debe acumular las demandas cuando exista una coincidencia total o parcial de las normas acusadas, pero de conformidad con lo dispuesto en el Art. 47 del Acuerdo 05 de 1992, la respectiva acumulación sólo tiene lugar en el momento del reparto de expedientes puestos a consideración de la Sala Plena.
Sin embargo, esta solicitud de acumulación se presentó luego de haberse realizado el reparto de los expedientes mencionados, no es procedente atender favorablemente la petición.
Contra esta providencia no procede recurso alguno.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Negar, por las razones precedentes, la solicitud formulada por el ciudadano Jorge Alonso Charry Delgadillo.
- Segundo. Anexar a los expedientes D-5374 y D-5383 copia de este auto, para los efectos pertinentes.
- Tercero. Contra esta providencia no procede recurso alguno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 del Acuerdo 05 de 1992.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.