Micelio
Auto21 de noviembre de 2000

A- de 2000

Ponente Martha Victoria Sáchica Méndez

Demandante Orlando Cardenas Cardenas

Tema · dato duro
Conflicto De Competencia
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Presidente De La Republica
  • Exceso en la potestad reglamentaria
  • Incompetencia para introducir modificaciones al decreto de tutela en materia de competencias
4 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se declaró que en el presente caso no existe conflicto de competencia.

En este caso se inaplicó el Art. 1º del Decreto 1382 de 2000 por ser contrario a la Constitución Política.

Se dejó sin efecto la decisión por medio de la cual el Tribunal Superior de Montería - Sala Penal - declaró la nulidad de la sentencia proferida por el Juzgado Tercero Penal del Circuito de esa ciudad y en su lugar se ordenó a dicho Tribunal, dar el trámite correspondiente a la segunda instancia de la tutela interpuesta por el ciudadano de la referencia en contra de la Administración de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN -.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. Declarar que, en el presente caso no existe conflicto de competencia.
  2. Segundo. Inaplicar, para el presente caso, por ser manifiestamente contrario a la Constitucion Politica, el articulo 1o del Decreto 1382 de 2000.
  3. Tercero. Dejar sin efecto la decision de fecha 14 de septiembre de 2000, por medio de la cual el Tribunal Superior de Monteria - Sala Penal - declaro la nulidad de la sentencia proferida por el Juzgado
  4. Tercero. Penal del Circuito de esa ciudad y en su lugar ORDENAR a dicho Tribunal, que de el tramite correspondiente a la segunda instancia de la tutela interpuesta por el senor Orlando Cardenas Cardenas en contra de la Administracion de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN -.
  5. Cuarto. Remitir el expediente al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Monteria -Sala Penal- para lo de su competencia y comunicar lo aqui decidido al Tribunal Administrativo de Antioquia - Sala Segunda de Decision -, para los fines legales pertinentes.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.