A- de 2012
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Gloria Luz Manco Quiroz Vs Ministerio De Agricultura Y Otros·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conocimiento de los jueces o tribunales del lugar donde ocurrió la violación o amenaza que motivo la solicitud
- Competencia de Tribunal Superior
- Reiteración Auto 124/09
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de Competencia: la tutela de la referencia fue repartida al Tribunal Superior de Medellín, el cual se declaró incompetente para conocer la misma, al considerar que debió haber sido dirigida a los juzgados del circuito de Medellín, dada la naturaleza jurídica de los accionados.
En nuevo reparto el Juzgado Noveno Civil del Circuito de Medellín, dando aplicación a lo expuesto en el A1214/09, declaró su incompetencia para tramitar la demanda de tutela por considerar que se trataba de una discusión de las reglas de reparto.
La Corte considera procedente remitir el proceso al juez a quien se repartió en primer lugar, para que de manera inmediata tramite y proceda a proferir decisión de fondo respecto del amparo solicitado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto de fecha de 14 de marzo de 2012 proferido por el Tribunal Superior de Medellin mediante el cual se declaro sin competencia para tramitar la accion presentada por Gloria Luz Manco Quiroz, actuando como apoderada de los ciudadanos Luz Stella Mejia Marin y otros, contra el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, el Incoder y el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social.
- Segundo. ORDENAR que se remita el expediente correspondiente a la accion de tutela previamente mencionada, al Tribunal Superior de Medellin -Sala Penal- para que de manera inmediata, tramite y proceda a proferir decision de fondo respecto del amparo solicitado.
- Tercero. COMUNIQUESE, por Secretaria General, al Juzgado
- Noveno. Civil del Circuito de Medellin sobre la decision adoptada en esta providencia, con el fin de que tenga conocimiento sobre lo aqui resuelto por la Corte Constitucional.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.