Auto7 de julio de 2005
A- de 2005
Ponente Jaime Córdoba Triviño
✓Demandante Jose De Jesús Fonseca Gutierrez
✓
Tema · dato duro
Solicitud De Adicion Al Auto 085/05. Adiciona El Ordinal Tercero De La Parte Resolutiva Del Auto 085/05, En El Sentido De Que Corfidesarrollo Contara Con El Termino De Cuarenta Y Ocho Horas Para Liquidar La Pension De Jubilación Del Señor Jose De Jesus Fonseca Gutierrez Y Para Pagar Las Sumas Dejadas De Percibir Por La Omision En El Reajuste De Las Mesadas Pensionales Pagadas.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Adicion De Sentencia
- Procedencia mediante auto o sentencia complementaria sin modificar lo ya resuelto
Acción De Tutela
- Principios según Decreto 2591 de 1991
Adicion De Auto De La Corte Constitucional
- Determinación término de cumplimiento sentencia T-663/03 para liquidar y pagar pensión de jubilación
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- ADICIONAR el ordinal
- tercero. de la parte resolutiva del Auto 085 de 2005, proferido por la Sala Cuarta de Revision de la Corte Constitucional, en el sentido de que la Corporacion Financiera de Desarrollo S.A. (CORFIDESARROLLO S.A.) contara con el termino de cuarenta y ocho (48) horas a partir de la notificacion de esta providencia, para liquidar la pension de jubilacion del senor Jose de Jesus Fonseca Gutierrez de conformidad con lo establecido en la sentencia T-663 de 2003 y para pagar las sumas dejadas de percibir por la omision en el reajuste de las mesadas pensionales pagadas. (T-491592).
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a2
A. 085/05Solicitud De Cumplimiento De La Sentencia T-663/03.Declara Ejecutoriados Las Sentencias Y Fallos Del Juzgado Segundo Laboral Del Circuito De Bogota, El Tribunal Superior De Distrito Judicial De Bogota, El Juzgado Decimo Laboral De Medellín, El Tribunal Superior De Medellín; El Juzgado Dieciséis Laboral Del Circuito De Bogota, El Tribunal Superior De Distrito Judicial De Bogota Y El Juzgado Quinto Laboral Del Circuito De Bogota. Ordena A Bancafe, El Banco De Colombia Y La Caja De Credito Agrario Industrial Y Minero Dar Cumplimiento A Las Sentencias Proferidas. Ordena A Corfidesarrollo S.A. Liquidar Una Pension De Jubilación. Dispone La Remision De Los Expedientes A Cada Uno De Los Despachos Judiciales, A Fin De Que Adopten Las Medidas PertinentesT-663/03Derechos Al Debido Proceso Igualdad Trabajo Y Seguridad Social. Via De Hecho. Indexacion De La Primera Mesada Pensional. Principio De Favorabilidad Y Pro Operario. Confianza Legitima. Equidad. Doctrina Probable. Modificacion Jurisprudencia. Interpretacion
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.