Micelio
Auto3 de mayo de 2006

A- de 2006

Ponente Clara Elena Reales Gutiérrez

Demandante Ciro Antonio Rojas Agudelo Presidente De Unimar

Tema · dato duro
Solicitud De Nulidad De La Sentencia C-1040 De 2005, Que Declaro Exequible El Acto Legislativo No. 02 De 2004. Por Estimar Vulnerado El Derecho Al Debido Porceso. Negar En Su Integridad La Solicitud De Nulidad
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Nulidad De Sentencia De Constitucionalidad
  • Oportunidad para solicitarla
  • Denegación por no desconocimiento del debido proceso
1 tema · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. NEGAR en su integridad la solicitud de nulidad de la sentencia C-1040 de 2005, proferida por la Sala Plena de esta Corporacion, en relacion con el Acto Legislativo No. 02 de 2004.
  2. Segundo. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
SalvamentoJaime Araujo Rentería
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela
Cita a6
A. 116/06Solicitud De Nulidad De La Sentencia C-1043 De 2005 Por La Corte Incurrir En Una Via De Hecho Violatoria Del Debido Proceso. Termino Para La Presentacion De La Solicitud De Nulidad De Las Sentencias De La Corte Constitucional. Jurisprudencia Sobre Nulidad De Sentencias De La Corte Constitucional. Examen De Las Razones De Nulidad Invocadas. Negada La Solicitud De NulidadA. 098/06Solicitudes De Nulidad Y De Aclaración De La Sentencia C-818 De 2005 Por Estimar Vulnerado El Derecho Fundamental Al Debido Proceso Y El Desconocimiento De Precedentes Judiciales Respecto De La Concepcion Del Derecho Disciplinario. Las Irregularidades Cometidas En La Sentencia Hacen Parte Del Proceso De Constitucionalidad Y, Por Lo Tanto, Son Susceptibles De Ser Impugnadas Como Consecuencia De Una Solicitud De Nulidad. La Solicitud De Nulidad Propuesta Contra La Sentencia C-818 De 2005 Ha Sido Presentada Fuera Del Término Señalado Por La Jurisprudencia. Rechazadas Por Extemporaneas Las SolicitudesC-1043/05Proyecto De Acto Legislativo De Reeleccion Presidencial InmediataC-1040/05Acto Legislativo De Reeleccion Presidencial Inmediata. No Sustitución De ConstituciónA. 186/05Solicitud De Nulidad De La Sentencia C-709 De 2005, Donde La Corte Decidio Inhibirse Para Emitir Pronunciamiento De Fondo En Relacion Con La Acusación Formulada Contra Expresiones De Los Incisos Cuarto, Quinto Y Sexto Del Articulo 38 De La Ley 715 De 2001, Por Carencia Actual De Objeto. La Solicitud Formulada Es Extemporánea Y No Puede Ser Examinada Por La Corte. Rachaza La SolicitudA. 022/98Solicitud De Nulidad Parcial De La Sentencia C-087/98.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.