Micelio
Auto3 de mayo de 2006

A- de 2006

Ponente Clara Inés Vargas Hernández

Demandante Andres Gomez Roldan

Tema · dato duro
Recurso De Suplica Contra El Auto Del 31 De Marzo De 2006, Proferido Por El Magistrado Alvaro Tafur Galvis, Mediante El Cual Se Rechazo La Demanda Contra La Expresion "lo Anterior Siempre Y Cuando Tales Personas Naturales Cumplan Los Requisitos Legales Minimos Relacionados Con El Respectivo Analisis Del Riesgo Crediticio", Del Inciso 2 Del Literal N Del Articulo 1º De La Ley 795 De 2003. El Demandante Debe Responder Por Un Minimo De Diligencia Respecto A La Exposicion De La Argumentacion Que Debera Elevar En El Recurso De Suplica. Confirma El Auto De Rechazo De La Demanda
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recurso De Suplica
  • Improcedencia para adicionar demanda de inconstitucionalidad
  • Definición
Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechaza Demanda De Inconstitucionalidad
  • Inexistencia de argumentación, razonamiento o motivación
2 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. RESUELVE
  2. CONFIRMAR el auto de fecha treinta y uno (31) de marzo de dos mil seis (2006), por medio del cual se rechazo la demanda de inconstitucionalidad contra la expresion "Lo anterior siempre y cuando tales personas naturales, cumplan los requisitos legales minimos relacionados con el respectivo analisis del riesgo crediticio" del inciso 2o del literal n) del articulo 1o de la Ley 795 de 2003, formulada por el ciudadano Andres Gomez Roldan.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.