Micelio
Auto8 de agosto de 2024

A- de 2024

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Administradora Colombiana De Pensiones Colpensiones·Demandado Torres Perez Victor Manuel

Tema · dato duro
Acción De Lesividad Promovida Por Entidad Pública Contra Acto Administrativo Mediante El Cual Concedió Prestación Pensional
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Tribunal Administrativo del Cesar y el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Valledupar.

Es causa de controversia, demanda de nulidad y restablecimiento del derecho, presentada por la Administradora Colombiana de Pensiones, en contra de un ciudadano, a través de la cual pretende que se declare la nulidad de la Resolución que reconoció una pensión de invalidez al demandado y se le ordene reintegrar las mesadas, retroactivos y aportes en salud que le habían pagado, por considerar que hubo irregularidades sobre el porcentaje de pérdida de la capacidad laboral usado para reconocerle dicha prestación.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena considera que el caso se ajusta a lo previsto en Auto 316 de 2021 y resuelve en reiteración de la regla de decisión allí contenida que, cuando la administración demanda un acto de su propia autoría, en ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, el estudio del asunto será competencia de la jurisdicción contencioso administrativa, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 97 y 104 de la Ley 1437 de 2017.

En consecuencia, la Corte dispone el envío del expediente al Tribunal Administrativo del Cesar para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Valledupar y a los interesados en este asunto.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Tribunal Administrativo del Cesar y el Juzgado
  2. Tercero. Laboral del Circuito de Valledupar, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Tribunal Administrativo del Cesar conocer sobre la demanda presentada por la Administradora Colombiana de Pensiones - Colpensiones contra el señor Víctor Emanuel Torres Pérez.
  3. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-5606 al Tribunal Administrativo del Cesar para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Juzgado
  4. Tercero. Laboral del Circuito de Valledupar y a los interesados en este asunto.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.