A- de 2013
Ponente María Victoria Calle Correa
✓Demandante Comision Colombiana De Juristas·Demandado Sin Información
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Ordenar al Defensor del Pueblo y Procurador General de la Nación para que evalúen reclamos presentados por población desplazada de El Salado en cumplimiento de sentencia T-045/10
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente auto la Sala de Revisión remite al Defensor del Pueblo y al Procurador General de la Nación, copia del escrito suscrito por la Comisión Colombiana de Juristas en el que se informa de los problemas presentados en la atención en salud a las personas de la comunidad de El Salado, que se encuentran desplazadas en el municipio del Carmen de Bolívar.
Se ordena a estas autoridades evaluar los reclamos presentados por esta población e informar a la Sala los avances y dificultades presentadas en el cumplimiento de las órdenes impartidas en la sentencia T-045/10, especialmente sobre los problemas denunciados en la comunicación referida.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. Por la Secretaria General de la Corte Constitucional, REMITIR, al Defensor del Pueblo y al Procurador General de la Nacion, copia del escrito de la Comision Colombiana de Juristas en el que se informa de los problemas presentados en la atencion en salud a las personas de la comunidad de El Salado que se encuentran desplazadas en el Municipio del Carmen de Bolivar.
- Segundo. ORDENAR al Defensor del Pueblo y al Procurador General de la Nacion que, dentro de la orbita de sus competencias, evaluen los reclamos presentados por la poblacion desplazada de El Salado asentada en el Municipio del Carmen de Bolivar en lo referente a la atencion en salud, e informen a esta Sala, en el termino de un (1) mes contado a partir de la comunicacion de la presente providencia, los avances y dificultades presentados en el cumplimiento de las ordenes impartidas en la sentencia T-045 de 2010, especialmente sobre los problemas denunciados en la comunicacion referida en el numeral anterior.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.