A- de 2023
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante Martha Patricia Acuña Arevalo Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Naturaleza jurídica
- Imposición de sanciones en el evento de verificar incumplimiento de órdenes impartidas en fallo de tutela
- No asumir trámite por cuanto no se cumplen los presupuestos para que de manera excepcional la Corte asuma la competencia
- Competencia del juez de primera instancia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Solicitud de apertura de incidente de desacato de la Sentencia T-456/22.
La peticionaria principal, reconocida en el fallo de la referencia como tercero con interés legítimo, alegó que el juzgado de primera instancia omitió dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991, el cual estatuye que cuando la Corte Constitucional dicte una sentencia de revisión, debe comunicarla al juez de primera instancia, el cual deberá notificarla “y adoptará las decisiones necesarias para adecuar su fallo a lo dispuesto por ésta”.
Otras personas presentaron escritos con la finalidad de adherirse a la pretensión descrita anteriormente.
La Corte se ABSTUVO de resolver las solicitudes de iniciar un incidente de desacato y dispuso enviar copia de los escritos al Juzgado Octavo Administrativo Oral de Cali para que, de encontrarlas procedentes, surta las actuaciones correspondientes.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (12 puntos)
- Primero. ABSTENERSE de resolver, de conformidad con lo dispuesto en la parte motiva de esta providencia, las solicitudes para iniciar un incidente de desacato de la sentencia T-456 de 2022, elevada por parte de Martha Patricia Acuña Arévalo, Cielo Margarita Vega Mendoza, Vanessa Vargas Rizo, Nelly Montaño Angulo, Alejandro Morales Garzón y Ana Adelaida Acosta Delgadillo ante la Corte Constitucional.
- Segundo. A través de la Secretaría General de esta Corporación, COMUNICAR la presente decisión a Martha Patricia Acuña Arévalo, Cielo Margarita Vega Mendoza, Vanessa Vargas Rizo, Nelly Montaño Angulo, Alejandro Morales Garzón y Ana Adelaida Acosta Delgadillo, quienes suscribieron las solicitudes para iniciar incidente de desacato en el proceso de la referencia.
- Tercero. A través de la Secretaría General de esta Corporación, REMITIR copia de las solicitudes presentadas al Juzgado
- Octavo. Administrativo Oral de Cali para que, de encontrarlas procedentes, surta las actuaciones correspondientes.
- Comuníquese y cúmplase,
- NATALIA ÁNGEL CABO
- Magistrada
- DIANA FAJARDO RIVERA
- Magistrada
- JUAN CARLOS CORTÉS GONZÁLEZ
- Magistrado
- MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.