Micelio
Auto28 de febrero de 2018

A- de 2018

Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado

Demandante Oscar David Gomez Pineda

Tema · dato duro
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Recurso De Suplica Contra Auto Que Rechaza Demanda De Inconstitucionalidad
  • Se confirma por cuanto demandante no corrigió en los términos indicados en el auto inadmisorio
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Recurso de súplica.

La demanda se rechazó porque el actor no la corrigió en los términos indicados en el auto de inadmisión.

La Sala Plena de la Corporación considera que el Magistrado Sustanciador no sólo expuso las deficiencias de los cargos de forma detallada, sino que explicó por qué los argumentos presentados en el escrito de subsanación no lograron corregir los yerros identificados inicialmente y formular un cargo de inconstitucionalidad con las características establecidas en la jurisprudencia constitucional. se CONFIRMA la providencia recurrida.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR el Auto del 07 de febrero de 2018, proferido por el Magistrado Antonio Jose Lizarazo Ocampo en el proceso D-12492, mediante el cual rechazo la demanda presentada por el ciudadano Oscar David Gomez Pineda en contra del articulo 8 (parcial) de la Ley 1843 de 2017 "Por medio de la cual se regula la instalacion y puesta en marcha de sistemas automaticos, semiautomaticos y otros medios tecnologicos para la deteccion de infracciones y se dictan otras disposiciones".
  2. SEGUNDO. A traves de la Secretaria General de la Corte, comuniquese el contenido de esta decision al recurrente, indicandole que contra esta no procede recurso alguno.
  3. TERCERO. Archivese el expediente.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.