A- de 2003
Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett
✓Demandante Oscar Antonio Marquez Buitrago
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se realizó la corrección de la Sentencia C-918/02 en donde se presentaron algunos errores mecanográficos en cuanto a las referencias a la ley demandada consistentes en lo siguiente: en el fundamento 2 (primer párrafo) y en el fundamento 3 no se trata de la Ley 715 de 2002, es la Ley 715 de 2001.
En el fundamento 10 (primer párrafo), en el subtítulo ubicado entre el fundamento 11 y el fundamento 12, en los fundamentos 12, 13, 14 y 15 (primer párrafo) no se trata de la Ley 617 de 2002, es la Ley 715 de 2001.
Finalmente, en la parte resolutiva, numeral segundo, no se trata de la Ley 715 de 2002, es la Ley 715 de 2001.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Corregir lo siguiente:
- 1.- En el fundamento 2 (primer parrafo) y en el fundamento 3 no se trata de la ley 715 de 2002, es la ley 715 de 2001.
- 2.- En el fundamento 10 (primer parrafo), en el subtitulo ubicado entre el fundamento 11 y el fundamento 12, en los fundamentos 12, 13, 14 y 15 (primer parrafo) no se trata de la ley 617 de 2002, es la ley 715 de 2001.
- 3.- En la parte resolutiva, numeral segundo, no se trata de la ley 715 de 2002, es la ley 715 de 2001.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.