Micelio
Auto27 de febrero de 2018

A- de 2018

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Wilson Ernesto Toncel Ochoa

Tema · dato duro
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Objeciones Gubernamentales A Proyecto De Ley
  • Abstenerse de decidir, hasta tanto se cumplan los presupuestos constitucionales y legales
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Teniendo en cuenta que la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia al resolver otra acción de tutela decidió dejar sin efectos las sentencias que dieron por concluidas las instancias del presente proceso y en virtud de que dicha providencia está ejecutoriada y goza de cosa juzgada constitucional, la Sala de Revisión decide abstenerse de pronunciarse de fondo y remitir el expediente al juzgado de primera instancia para que adopte la decisión que corresponda, previa vinculación del accionante en la acción constitucional tramitada por la Corte Suprema.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. ABSTENERSE de pronunciarse de fondo en torno a las providencias proferidas dentro del proceso de la referencia, por las razones expuestas en este auto.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente T-6447422 al Juzgado
  3. Cuarto. Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Cartagena de Indias para que adopte la decisión en primera instancia que en derecho corresponda frente a la acción de tutela interpuesta por Carlos Alberto Barrios Gómez contra el Concejo Distrital de Cartagena de Indias, previa vinculación al proceso de Wilson Ernesto Toncel Ochoa.
  4. TERCERO. Surtidas las instancias correspondientes, DEVUÉLVASE el presente expediente al despacho del magistrado ponente para continuar con el trámite de revisión, de que trata el Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.