Micelio
Auto23 de julio de 2024

A- de 2024

Ponente Natalia Ángel Cabo

Demandante Apoderado Judicial Hotel Dann Carlton Medellin Sa

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Solicitud De Aclaración De Sentencia De La Corte Constitucional
  • Negar por cuanto la parte resolutiva no ofrece ninguna duda alegada por el accionante
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de aclaración de la Sentencia T-508/23.

El memorialista, actuando como apoderado judicial de la parte accionante, le pidió a la Corte aclarar el por qué se indicó en la referida providencia que no se acreditó el requisito de relevancia constitucional a pesar de que, en la tutela, se consignó de forma clara que se trataba de un asunto que implicaba la vulneración del derecho fundamental al debido proceso.

La Sala Plena consideró que los argumentos del peticionario estaban, en realidad, dirigidos a cuestionar el sentido de la decisión y las razones que sirvieron de fundamento para proferir el fallo, y no a pretender la aclaración de términos puntuales, conceptos o frases que ofrecieran verdaderos motivos de duda.

Tras concluir que lo pretendido era reabrir el debate jurídico ya zanjado por la Corporación, se RECHAZÓ la solicitud aclaración formulada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. RECHAZAR la solicitud de aclaración de la Sentencia T-508 de 2023, presentada por el Hotel Dann Carlton Medellín S.A. a través de su apoderado judicial Jorge Alonso Garrido Abad.
  2. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, COMUNICAR el contenido de esta decisión al solicitante y advertir que contra ella no procede recurso alguno.
  3. Tercero. A través de la Secretaría General de esta Corporación, REMITIR copia del presente auto a la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, a fin de que sea incorporada en el expediente de la referencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.