Micelio
Auto10 de marzo de 2017

A- de 2017

Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo

Demandante Martha Fernandez Gonzalez

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de aclaración de la sentencia T-598/16.

La Representante Legal de la Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías Protección S.A. solicitó a la Corporación aclarar un aparte específico del fallo de la referencia.

Adujo, que afirmar que la acción de tutela es procedente en eventos como el revisado, permite pasar por alto mecanismos más eficaces para la satisfacción de lo que se pretende, además de abrir la puerta a un abuso del derecho y de la judicialización innecesaria de casos que, en su parecer, pueden encontrar solución más efectiva y expedita a través de las vías ordinarias.

La Corte considera que lo que verdaderamente pretende la peticionaria es reabrir el debate constitucional, pero con el objetivo de que se adopte la postura que considera acertada.

Luego de concluir que lo pedido no está llamado a prosperar se RECHAZA, por improcedente, la solicitud de aclaración formulada.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. RECHAZAR por improcedente la solicitud de aclaracion de la Sentencia T-598 de 2016, presentada por Juliana Montoya Escobar, representante legal de la Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantias Proteccion S.A., entidad demandada en el proceso de tutela de la referencia.
  2. SEGUNDO. Contra esta providencia no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.