A- de 2001
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Rafael Royett Garcia Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Procedencia excepcional
- Improcedencia de aclaración o adición
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se negó la petición de aclaración de la sentencia T-139/01 presentada por Superintendente de Sociedades, toda vez que contra las sentencias que profiere esta Corporación no procede recurso alguno y tampoco la aclaración ni la adición, tal como lo consagra el Art. 49 del Decreto 2067 de 1991.
La Corte recordó que no es órgano consultivo y no puede ejercer labores de esa índole, pues sus funciones están expresa y taxativamente señaladas en el Art. 241 de la Constitución no la autorizan para ello.
Se negó la solicitud subsidiaria formulada por el mismo para que se declare la nulidad de la sentencia T-139/01, proferida por la Sala Cuarta de Revisión.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- R E S U E L V E :
- PRIMERO. Negar la petición de aclaración presentada por el ciudadano Jorge Pinzón Sánchez en su calidad de Superintendente de Sociedades.
- SEGUNDO. Negar la solicitud subsidiaria formulada por el mismo para que se declare la nulidad de la sentencia T-139 del 7 de febrero de 2001, proferida por la Sala Cuarta de Revisión.
- Contra la presente providencia no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.