A- de 2021
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Demandante Harold Eduardo Sua Montaño
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Rechazar por ser manifiestamente improcedente
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso formulado en contra del Auto 587/21, mediante el cual se resolvió la nulidad del Auto 221/21, por el cual se rechazó la recusación formulada contra el magistrado Antonio José Lizarazo Ocampo.
La Corte considera que la solicitud y recurso formulado en esta oportunidad debe ser RECHAZADO de plano, por dos razones: 1º.
Contra la providencia cuestionada no procede ningún recurso y, 2º.
El escrito es notoriamente improcedente.
La Sala Plena resalta que esta es la tercera solicitud que el señor Sua Montaño presenta para cuestionar la participación del magistrado Lizarazo Ocampo en el expediente de la referencia, el cual es un asunto que fue resuelto por el pleno de esta Corte mediante el Auto 221/21.
Además de la decisión de rechazo la Corte conminó al peticionario para que en lo sucesivo se abstenga de formular peticiones manifiestamente improcedentes.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. RECHAZAR por manifiestamente improcedente la solicitud presentada por el senor Harold Sua Montana en contra del auto 587 de 2021, por medio del cual la Sala Plena rechazo la nulidad del auto 221 de 2021, mediante el cual se rechazo la recusacion formulada en contra del magistrado Antonio Jose Lizarazo Ocampo en el expediente D-13896.
- SEGUNDO. CONMINAR al ciudadano Harold Eduardo Sua Montana para que en lo sucesivo se abstenga de formular peticiones manifiestamente improcedentes.
- TERCERO. ADVERTIR al peticionario que contra esta providencia no proceden recursos.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.