Micelio
Auto8 de junio de 2005

A- de 2005

Ponente Rodrigo Escobar Gil

Demandante Ana Beatriz Larrota Castañeda

Tema · dato duro
Demanda De Inconstitucionalidad Contra Los Articulos 38, Numeral Cuarto, Paragrafo 1o Y 174 De La Ley 734 De 2002, Codigo Unico Disciplinario. Aceptar Los Impedimentos Manifestados Por El Procurador General De La Nación Y El Viceprocurador General De La Nación. Para Conceptuar En El Proceso De La Referencia
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (3 puntos)
  1. Primero. ACEPTAR el impedimento manifestado por el Senor Procurador General de la Nacion, Edgardo Jose Maya Villazon, para emitir concepto en relacion con la demanda de inconstitucionalidad que obra en el expediente D-5775, por las razones expuestas.
  2. Segundo. ACEPTAR el impedimento manifestado por el Senor Viceprocurador General de la Nacion, Carlos Arturo Gomez Pavajeau, para emitir concepto en relacion con la demanda de inconstitucionalidad que obra en el expediente D-5775, por las razones expuestas.
  3. Tercero. ORDENAR que, una vez levantada la suspension, la Secretaria General de esta Corporacion remita el expediente al Senor Procurador General de la Nacion para que, conforme a lo dispuesto en el numeral 33 del articulo 7o del Decreto-Ley 262 de 2000, se sirva designar al funcionario que debe rendir el concepto en el presente proceso, dentro del termino restante.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.