Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Declarar el cumplimiento medio de las órdenes vigésima primera y vigésima segunda de la sentencia T-760/08
- Cálculo de la Unidad de Pago por Capitación UPC y su equiparación entre el régimen contributivo y subsidiado
- Alcance de las órdenes vigésima primera y vigésima segunda de la sentencia T-760/08, en el marco de lo dispuesto en Auto 411 de 2016
- Verificación de las acciones y efectividad de las medidas implementadas por el Ministerio de Salud y Protección Social
- Seguimiento al cumplimiento de las órdenes vigésima primera y vigésima segunda de la sentencia T-760/08
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente auto se hace una valoración de las órdenes vigésima primera y vigésima segunda de la Sentencia T-760/08 y se declara su cumplimiento medio.
Así mismo, se ordena al Ministerio de Salud y Protección Social que adopte las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en los precitados numerales y, en consecuencia, de los puntos 1, 2 y 5 del numeral quinto de la parte resolutiva del Auto 411/16, de conformidad con el alcance señalado en esta providencia y remita un informe cada 6 meses a partir de la notificación de este auto, atendiendo a lo dispuesto en los numerales 215 y 219 de la parte considerativa.
Se insta al precitado Ministerio a que establezca indicadores y parámetros que permitan al regulador avanzar en la consecución de un sistema de información con datos suficientes y de calidad a partir de los cuales se efectúe un cálculo más preciso de la UPC en ambos regímenes, de conformidad con lo dispuesto en los numerales 216 y 217 de la parte considerativa de esta decisión.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (9 puntos)
- PRIMERO. Declarar el CUMPLIMIENTO MEDIO de las ordenes vigesimo primera y vigesimo segunda impartidas en la sentencia T-760 de 2008.
- SEGUNDO. Suspender el seguimiento de los puntos 3 y 4 de la orden quinta del auto de valoracion 411 de 2016, de conformidad con lo explicado en la parte considerativa de esta providencia.
- TERCERO. Ordenar al Ministerio de Salud y Proteccion Social que adopte las medidas necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto en los numerales vigesimo
- primero. y vigesimo
- segundo. de la parte resolutiva de la sentencia T-760 de 2008 y en consecuencia, de los puntos 1, 2 y 5 del numeral
- quinto. de la parte resolutiva del auto 411 de 2016, de conformidad con el alcance senalado en esta providencia y remita un informe cada 6 meses a partir de la notificacion de este auto, atendiendo a lo dispuesto en los numerales 215 y 219 de la parte considerativa.
- CUARTO. Instar al Ministerio de Salud y Proteccion Social para que establezca indicadores y parametros que permitan al regulador avanzar en la consecucion de un sistema de informacion con datos suficientes y de calidad a partir de los cuales se efectue un calculo mas preciso de la UPC en ambos regimenes, de conformidad con lo dispuesto en los numerales 216 y 217 de la parte considerativa de esta providencia.
- QUINTO. Ordenar a la Contraloria General de la Republica y a la Superintendencia Nacional de Salud para que continuen con las investigaciones requeridas en el auto 411 de 2016 y reportar cada 6 meses a partir de la notificacion de este auto, sobre los avances obtenidos, atendiendo a lo consignado de los numerales 218 a 221 de la parte considerativa.
- SEXTO. Proceda la Secretaria General de esta Corporacion a librar las comunicaciones correspondientes, acompanando copia integral de este proveido.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.