A- de 2018
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
✓Demandante Empresa Ardanuy·Demandado Alcaldia Municipal De Pasto
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Debe asumir diligentemente las funciones que le corresponden y decidir la impugnación presentada
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre los Juzgados Sexto Administrativo Oral del Circuito, Primero de Familia del Circuito y Penal del Circuito para Adolescentes con Función de Conocimiento, todos de Pasto.
La controversia se generó por las diferentes interpretaciones respecto a la competencia para decidir la impugnación formulada contra el fallo proferido por el Juzgado Primero Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Pasto.
La Corte considera que la autoridad que debe resolver la acción de tutela formulada es el Juzgado Penal del Circuito para Adolescentes con Función de Conocimiento de Pasto, a la que decide enviarle el expediente para que de manera inmediata asuma el conocimiento y resuelva la apelación correspondiente.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 20 de octubre de 2017 proferido por el Juzgado Penal del Circuito para Adolescentes con Funcion de Conocimiento de Pasto, dentro de la accion de tutela formulada por la empresa Ardanuy, sucursal Colombia contra la Alcaldia Municipal de Pasto y la UAE SETP -Avante-.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-3217 al Juzgado Penal del Circuito para Adolescentes con Funcion de Conocimiento de Pasto que contiene la accion de tutela presentada por la empresa Ardanuy, sucursal Colombia contra la Alcaldia Municipal de Pasto y la UAE SETP -Avante-, para que, de manera inmediata, asuma el conocimiento y resuelva la impugnacion correspondiente
- Tercero. Por la Secretaria General de la Corte, COMUNICAR a las partes, al Juzgado
- Sexto. Administrativo Oral del Circuito de Pasto y al Juzgado
- Primero. de Familia del Circuito de Pasto, la decision adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.