Micelio
Auto22 de febrero de 2018

A- de 2018

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Ruben Dario Galeano Campos·Demandado Empresa De Seguridad Fortox Security Group

Tema · dato duro
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Competencia del superior funcional
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre los Juzgados Sexto Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento y el Juzgado Dieciocho de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá.

La controversia se generó en torno a la competencia para desatar el recurso de alzada formulado en contra de la sentencia de primera instancia proferida por el Juzgado Veintitrés Penal Municipal con Función de Control de Garantías del Distrito Capital.

Se recuerda que, por mandato del artículo 32 del Decreto 2591 de 1991 y a partir del alcance que la Corte le ha otorgado a dicha disposición, el conocimiento de la impugnación contra sentencias de tutela debe ser asumido por la autoridad judicial que, a partir de la especialidad y la función jurisdiccional, constituya el superior jerárquico del a quo.

Se dirime el conflicto con la remisión del expediente al Juzgado Sexto Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá, para que de manera inmediata profiera la decisión de segunda instancia que corresponda.

Se previene a esta autoridad para que en adelante decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de aparentes conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 17 de enero de 2018 proferido por el Juzgado
  2. Sexto. Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá, dentro de la acción de tutela instaurada por el señor Ruben Darío Galeano Campos en contra de la empresa de seguridad Fortox Security Group S.A.
  3. Segundo. REMITIR el expediente ICC-3211 al Juzgado
  4. Sexto. Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá para que, de manera inmediata, desate la impugnación presentada.
  5. Tercero. PREVENIR al Juzgado
  6. Sexto. Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá que, en adelante, decida conforme a la jurisprudencia reiterada y vinculante de la Corte Constitucional en materia de aparentes conflictos de competencia, con el propósito de eliminar las barreras en el acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
  7. Cuarto. Por la Secretaría General de la Corte Constitucional, COMUNICAR a las partes y al Juzgado Dieciocho de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Bogotá, la decisión adoptada en esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónAlberto Rojas Ríos
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.