Micelio
Auto11 de marzo de 2020

A- de 2020

Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez

Demandante Efrain Espinosa Garcia·Demandado Proteccion S.A.

01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Con el presente auto se CONVOCA a Colpensiones, a la Dirección General de Regulación Económica de la Seguridad Social del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, a Protección S.A., a Asofondos, a Fedesarrollo, a Seguros de Vida Suramericana S.A., y a Fasecolda, a la sesión técnica informal que tendrá lugar el día diecisiete (17) de marzo de 2020, a las 09:00 de la mañana, en la Sala de Audiencias número dos, ubicada en el primer piso de la Corte Constitucional.

Se dispone que, por delegación, corresponde al magistrado ponente la dirección de esta reunión.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. PRIMERO. A traves de la Secretaria General, CONVOCAR a Colpensiones, a la Direccion General de Regulacion Economica de la Seguridad Social del Ministerio de Hacienda y Credito Publico, a Proteccion S.A., a Asofondos, a Fedesarrollo, a Seguros de Vida Suramericana S.A., y a Fasecolda, a la sesion tecnica informal que tendra lugar el dia diecisiete (17) de marzo de 2020, a las 09:00 de la manana, en la sala de audiencias numero dos, ubicada en el primer piso de la Corte Constitucional. Por delegacion, correspondera al magistrado ponente la direccion de la reunion.
  2. SEGUNDO. Por Secretaria General, REMITIR copia del presente auto a cada uno de los intervinientes referidos en el numeral anterior, en el que se incluyen las tematicas y metodologia a desarrollar.
  3. TERCERO. ORDENAR a la Secretaria General de esta Corporacion que, una vez se hayan recaudado las sintesis de las intervenciones, que deberan ser remitidas, por parte de las entidades, a esta Corporacion dentro de los cinco (5) dias siguientes a la sesion, se pongan a disposicion del accionante por el termino de tres (3) dias, para que, en caso de considerarlo necesario, se pronuncie al respecto.
  4. CUARTO. EXTENDER la suspension de terminos en el presente proceso a partir de la fecha y por dos meses mas, contados desde que finalice la reunion, de conformidad con lo establecido en la parte considerativa de esta providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela