A- de 2008
Ponente Rodrigo Escobar Gil
✓Demandante Luz Dary Luna Ortega Vs. Eps Caja Salud E Instituto Departamental De Salud De Nariño
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Juez puede identificar con certeza las autoridades demandadas después de avocado su conocimiento
- Competencia de la Corte Constitucional para decidir conflicto entre jurisdicción especial indígena y ordinaria
- Conocimiento de la Corte Constitucional para dirimir controversias entre autoridades judiciales de jurisdicciones distintas y que carecen de superior jerárquico común
- No está dentro de sus atribuciones resolver conflictos de competencia entre jueces de la misma jurisdicción que cuenten con superior jerárquico común
- Competencia del juez de mayor jerarquía
- Competencia del Juzgado administrativo del circuito
- Criterios funcional y orgánico reservan a la Corte Constitucional su conocimiento cuando no existe superior jerárquico común
- Entidad del orden departamental
- No corresponde a quienes la ejercen determinar a priori contra quienes se dirige la acción de tutela
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- PRIMERO. ORDENAR que por intermedio de la Secretaria General de la Corte Constitucional, se REMITA al Juzgado
- Sexto. Administrativo del Circuito de Pasto, el expediente contentivo de la accion de tutela promovida por la ciudadana Luz Dary Luna Ortega contra la EPS Caja Salud y el Instituto Departamental de Salud de Narino, para que asuma de forma inmediata el conocimiento del mismo.
- SEGUNDO. Por Secretaria General COMUNIQUESE al Juzgado
- Primero. Civil Municipal de Pasto, lo resuelto en esta providencia con el fin de ponerle en conocimiento los fundamentos constitucionales y legales en virtud de los cuales se adopta la presente decision.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.