A- de 2002
Ponente Clara Inés Vargas Hernández
✓Demandante Eudoro Echeveri Quintana
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inexistencia de razones de discrepancia
- Inexistencia de verdadera controversia lógica dialéctica
- Argumentación abstracta por soporte en citas jurisprudenciales
- Grado razonable de motivación
- Razones de la demanda provienen del actor
- Requisitos mínimos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se confirmó el auto objeto del recurso, por el cual se rechazó la demanda de inconstitucionalidad presentada por el ciudadano de la referencia contra los artículos 38 (parcial) de la Ley 599 de 2000 y los artículos 3 (parcial), 355 (parcial), 356 (parcial) 357, 362 (parcial) 365 (parcial), 366 (parcial) 369, 471 (parcial) y 11 transitorio de la Ley 600 de 2000, toda vez que la decisión de rechazar el líbelo en este caso encontró sustento fáctico y normativo, en la medida de evidenciarse la ausencia de cargos de inconstitucionalidad, pese a la advertencia y oportunidad que el recurrente tuvo para subsanar dicha falencia pues los argumentos expuestos en la sustentación del recurso en nada difieren a los planteamientos iniciales de la demanda.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- RESUELVE:
- CONFIRMAR el auto de fecha abril diecinueve (19) de dos mil dos (2002) objeto del recurso, por el cual se rechazó la demanda de inconstitucionalidad presentada por el ciudadano EUDORO ECHEVERRI QUINTANA contra los artículos 38 (parcial) de la Ley 599 de 2000 y los artículos 3 (parcial), 355 (parcial), 356 (parcial) 357, 362 (parcial) 365 (parcial), 366 (parcial) 369, 471 (parcial) y 11 transitorio de la Ley 600 de 2000.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.