Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente auto se LEVANTA la suspensión de términos en el proceso de la referencia, identificado con el número de expediente D-12516 y correspondiente a la demanda de inconstitucionalidad formulada contra los artículos 5, 56, 68, 70, 74 y 80 de la Ley 336 de 1996 (Estatuto General de Transporte).
Se dispone que, ejecutoriada esta decisión se contabilicen nuevamente los términos a partir de la instancia procesal en la que se encontraban al momento de la suspensión.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. Levantar los términos de suspensión del proceso identificado con los números de expedientes D-12516, correspondiente a la demanda formulada contra los artículos 5, 56, 68, 70, 74, 80 de la Ley 336 de 1996 (Estatuto General de Transporte). En consecuencia, ejecutoriada esta decisión se contabilizarán nuevamente los términos a partir de la instancia procesal en la que se encontraban al momento de la suspensión.
- SEGUNDO. Ordenar a la Secretaría General de esta Corporación dar trámite al numeral
- segundo. y siguientes del Auto del veintinueve (29) de enero de dos mil dieciocho (2018), mediante el cual se admitió la demanda contra los artículos 5, 56, 68, 70, 74, 80 de la Ley 336 de 1996 (Estatuto General de Transporte).
- TERCERO. Ordenar a la Secretaría General de esta Corporación comunicarle al Procurador General de la Nación sobre la expedición de la presente providencia.
- Notifíquese, publíquese,
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.