Micelio
Auto28 de febrero de 2001

A- de 2001

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Pascuas Jose David·Demandado Consejo Superior De La Judicatura

Tema · dato duro
Nulidad Por Falta De Notificacion
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Nulidad Fallo De Tutela
  • Necesidad de ser oído tercero interesado
Debido Proceso De Tutela
  • Notificación de tercero interesado
Nulidad Por Falta De Notificacion De Tutela
  • Iniciación de la acción y fallo
5 temas · 6 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se abstuvo de realizar la revisión de las sentencias de tutela dictadas en el proceso de la referencia, por cuanto no se puso en conocimiento del tercero interesado se advierte la existencia de una causal de nulidad con respecto a lo actuado por dichos despachos judiciales.

En consecuencia, se devolvió el expediente a la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá y se le ordenó poner en conocimiento de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura y del interesado la nulidad de la cual se ha hecho referencia.

Se suspendieron los términos para fallar en este proceso mientras se surte el trámite correspondiente para sanear la nulidad advertida.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. Abstenerse de realizar la revision de las sentencias de tutela dictadas en el proceso de la referencia, por cuanto se advierte la existencia de una causal de nulidad con respecto a lo actuado por dichos despachos judiciales.
  2. Segundo. Ordenar a la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota que ponga en conocimiento de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura y del doctor Jaime Humberto Moreno Acero la nulidad de la cual se ha hecho referencia en la parte motiva de esta providencia, advirtiendoles que si no se pronuncian sobre la misma o ratifican lo actuado, dentro de los cinco (5) dias siguientes a la notificacion de este auto, se entendera saneada y el proceso continuara su curso en la sede de revision.
  3. Tercero. Devolver, por la Secretaria General, el expediente de la referencia a la Sala Civil del Tribunal superior del Distrito Judicial de Bogota, para que cumpla lo dispuesto en el numeral anterior.
  4. Cuarto. Suspender el termino para fallar en el presente proceso mientras se surte el tramite correspondiente para sanear la nulidad advertida.
  5. Quinto. En caso de declararse la nulidad por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogota y una vez surtidas las actuaciones que resulten necesarias, el expediente regresara a la Corte Constitucional para su eventual seleccion y revision.
  6. Sexto. Notificar esta providencia al actor, doctor Jose David Pascuas, a la Sala Jurisdiccional Disciplinaria y a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura y al
  7. tercero. interesado, doctor Jaime Humberto Moreno Acero.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.