A- de 2016
Ponente Alejandro Linares Cantillo
✓Demandante Frank Pabon·Demandado Inspeccion De Transito De Bucaramanga
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
- Competencia a prevención
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Octavo Civil Municipal de Cúcuta y el Juzgado Segundo Municipal de Bucaramanga, en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.
Se aborda temática relacionada con: 1º.
La competencia de la Corte Constitucional para dirimir conflictos de competencia en materia de tutela. 2º.
El marco jurídico que regula la competencia de los jueces en materia de acción de tutela. 3º.
El conflicto de competencia y el factor territorial. 4º.
El domicilio y su relevancia en los conflictos de competencia y, 5º.
La libertad del accionante para elegir el lugar de interposición de la acción de tutela.
Se decide el asunto ordenando enviar el expediente al Juzgado Octavo Civil Municipal de Cúcuta, para que asuma de manera inmediata y sin dilaciones el conocimiento de la solicitud de amparo formulada.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 16 de octubre de 2015, por medio del cual el Juzgado
- Octavo. Civil Municipal de Cúcuta decidió que no era competente para conocer la acción de tutela presentada por Frank Pabón contra la Inspección de Tránsito y Transporte de Bucaramanga.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente de la referencia al Juzgado
- Octavo. Civil Municipal de Cúcuta para que asuma de manera inmediata y sin dilaciones el conocimiento de la acción de tutela de la referencia.
- TERCERO. Por Secretaría General, COMUNICAR al Juzgado
- Segundo. Civil Municipal de Bucaramanga de la decisión
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.