Auto4 de abril de 2005
A- de 2005
Ponente Alfredo Beltrán Sierra
✓Demandante Christian Fernando Cardona Nieto
✓
Tema · dato duro
Recusacion Formulada Contra El Magistrado Jaime Araujo Renteria En Demandas De Inconstitucionalidad Contra El Acto Legislativo 02 De 2004. Recurso De Suplica Y Solicitud De Nulidad. Rechaza Por Improcedente El Recurso De Suplica. No Declara La Nulidad Del Auto Del 8 De Marzo De 2005 Y Se Deniega La Petición
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Recurso De Suplica Contra Auto Que Niega Recusacion
- Improcedencia
Recusacion De Magistrado De La Corte Constitucional
- Legitimación para formularla
Nulidad Sentencia De Inconstitucionalidad
- Negada por no vulneración del debido proceso
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. RECHAZAR por improcedente el recurso de suplica interpuesto por el ciudadano Christian Fernando Cardona Nieto contra el auto de 8 de marzo de 2005 al cual se refiere el memorial suscrito por mencionado ciudadano y presentado en la Secretaria de la Corte Constitucional el 16 de marzo del ano en curso.
- Segundo. No declarar la nulidad del auto de 8 de marzo de 2005 como lo solicita el ciudadano mencionado en el citado memorial, y en forma subsidiaria al recurso de suplica que se rechaza en esta providencia.
- Tercero. Denegar la peticion subsidiaria de las anteriores para que se de aplicacion preferencial a los articulos 40, numeral 6o y 242, numeral 1o de la Constitucion frente al Capitulo V del Decreto 2067 de 1991, pues no se reunen los presupuestos para el efecto.
- Contra lo resuelto en este auto no existe recurso alguno.
- El original de esta providencia incorporese al expediente D-5657.
- Por Secretaria incorporese copia de esta providencia en los expedientes D-5631, D-5645, D-5632 y D-5656.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a3
T-437/04Derechos A La Vida Intimidad Honra Y Buen Nombre. Solicitud Rectificacion De Informacion. Publicacion Articulo "la Piedra En El Zapato". Falta Pruebas Para Controvertir. Libertad De Informacion Y Expresion. Negada.A. 078/03Ley 796 De 2003. Se Convoca Un Referendo Y Se Somete A Consideración Del Pueblo Un Proyecto De Reforma Constitucional. Rechazar Incidente De Recusacion Contra El ProcuradorA. 069/03Ley 796 De 2003. Se Convoca Un Referendo Y Se Somete A Consideración Del Pueblo Un Proyecto De Reforma Constitucional. Rechazar Incidente De Recusacion
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.