Micelio
Auto16 de septiembre de 1998

A- de 1998

Ponente Antonio Barrera Carbonell

Demandante Angel Valencia Sixta Tulia·Demandado Asamblea Departamental

Tema · dato duro
Se Deja Sin Efecto Un Auto Interlocutorio Para Dar Tramite A La Impugnacion.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Impugnación Fallo De Tutela
  • Trámite por existencia de documento que sustituye poder
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Se dejó sin valor ni efecto el auto interlocutorio proferido por el Juzgado respectivo, toda vez que la Corte constató que el poder concedido al abogado del demandado obra dentro del expediente en el folio 38, por lo tanto, existiendo el documento legalmente requerido para demostrar la sustitución de poder y llevar así la consecuente representación judicial, se desvirtuó completamente el argumento esgrimido por el mencionado Juzgado que en su momento señaló la ausencia de dicho documento dentro del expediente.

En consecuencia, se ordenó remitir el expediente a fin de que dé trámite a la impugnación elevada contra la sentencia proferida por el Juzgado de la referencia.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Dejar sin valor ni efecto el auto interlocutorio No. T-194 del 19 de junio de 1998, proferido por el Juzgado Civil del Circuito de Quibdo.
  2. Segundo. ORDENAR que por Secretaria General de esta Corporacion se remita el presente expediente al Juzgado Civil del Circuito de Quibdo, a fin de que de tramite a la impugnacion elevada contra la sentencia proferida por el Juzgado
  3. Primero. Civil Municipal de esa misma ciudad.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.