A- de 2003
Ponente Luis Eduardo Montealegre Lynett
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Trámite
- No implica pérdida de competencia
- Competencia para conocer de un proceso de constitucionalidad se suspende
- Hipótesis en las cuales se suspende la competencia
- No impide continuar con el trámite del proceso
- No suspende trámite de constitucionalidad
- Trámite guarda en lo básico la misma filosofía que inspira el incidente en los procesos penal y civil
- Causales
- Regulación específica, autónoma e integral en procesos de constitucionalidad
- Trámite depende del origen
- Trámite en procesos de constitucionalidad
- Incumplimiento será causal de mala conducta
- Suspensión debe ser interpretada en forma restrictiva
- Particularidades
- Etapas en las cuales procede la suspensión de términos
- Suspensión de términos
- Trámite
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Se ordenó a la Secretaría General de la Corte Constitucional que remita al Magistrado Sustanciador el expediente radicado con el número CRF-001, relacionado con el proceso de revisión de constitucionalidad de la Ley 796 de 2003, “Por la cual se convoca un referendo y se somete a consideración del pueblo un proyecto de Reforma Constitucional”, que por sorteo fue repartido al suscrito magistrado.
Lo anterior, debido a que luego de reexaminado con detenimiento el asunto, el suscrito magistrado considera que el incidente propuesto no suspende el trámite de constitucionalidad frente a la citada Ley, ni implica, en el estado actual del proceso, la pérdida de competencia para continuar conociendo del mismo.
En virtud de esto, se le solicitó a la Secretaría General que adjunto al expediente en mención, presente un informe sobre las pruebas requeridas y las que estén pendientes de ser tramitadas en dicho proceso.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. ORDENAR a la Secretaría General de la Corte Constitucional que remita a este despacho, en forma inmediata, el expediente radicado con el número CRF-001, relacionado con el proceso de revisión de constitucionalidad de la Ley 796 de 2003, "Por la cual se convoca un referendo y se somete a consideración del pueblo un proyecto de Reforma Constitucional", que por sorteo fue repartido al suscrito magistrado.
- Segundo. SOLICITAR a la Secretaría General de esta Corporación que, adjunto al expediente en mención, presente un informe sobre las pruebas requeridas en el auto de febrero tres (3) de 2003.
- Tercero. SOLICITAR a la
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.